El Gobierno había anunciado un recorte en el seguro de desempleo
y que iba a endurecer el cobro de la renta activa de inserción. Lo que
no había contado es que bastará que el Ministerio de Empleo “podrá
suspender el abono de las prestaciones por desempleo cuando se aprecien
indicios suficientes de fraude”. Sin más, sin que se haya comprobado
definitivamente si el fraude existe o no.
Tampoco había informado el Ejecutivo de que iba a elevar los umbrales de
la edad mínima necesaria, hasta los 55 años, para tener acceso al
subsidio que cobran los parados que han agotado la prestación
contributiva. Ni había dicho que iba a rebajar las indemnizaciones que
paga el Fogasa.
Pero
la vuelta de tuerca a la protección por desempleo no se queda aquí,
también llega al subsido por desempleo. Esta es una paga de 426 euros
mensuales que los parados de más edad cobran cuando han agotado la
prestación contributiva por desempleo y que, por tanto, es mucho más
baja. Hasta hoy había dos tipos de subsidio: uno ordinario para mayores
52 años, que el parado cobra hasta que se jubilara; y otro especial para
mayores de 45 años que se percibe durante seis meses.
A
partir de hoy, este último subsidio desaparece. Mientras que los
requisitos para acceder se endurecen. Ahora es necesario ser mayor de 55
años. Este cambio va dirigido especialmente a uno de los colectivos más
castigados durante la crisis: los parados de larga duración de más
edad, un colectivo que tiene grandes dificultades para encontrar trabajo
cuando lo pierde. No obstante, este cambio no afecta a los casi 1,2
millones de beneficiarios actuales, sino a los nuevos parados.
También
se endurecen considerablemente los requisitos de la renta activa de
inserción. Hasta ahora para acceder esta paga de 426 euros al mes
durante un máximo de 11 meses, bastaba con estar inscrito durante un año
como demandante de empleo y no tener unos ingresos superiores al 75% de
salario mínimo interprofesional. Ahora es necesario que se haya agotado
previamente el cobro de la prestación y el subsidio, y además se impide
a quienes puedan percibirlo que viajen al extranjero.
La desaparición de las bonificaciones llega hasta la que reciben los parados en la cuota que tienen que abonar a la Seguridad Social.
Los servicios públicos de empleo pagaban la cuota parte empresarial de
los desempleados de acuerdo con la última base de cotización y se hacían
cargo de un 35% de la parte correspondiente al parado. Desde hoy, este
porcentaje correrá a cargo del parado, por lo que su nómina se reducirá.
Pese
a toda esta retahíla de cambios, el que, con total probabilidad,
notarán antes muchos nuevos parados es la reducción decretada en las
indemnizaciones que paga el Fogasa: pasan de un máximo de 150 días por
año y un sueldo de tres veces el salario mínimo interprofesional a un
tope de 120 días y dos veces el SMI (1.282 euros al mes).
Fuente: El País
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